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miércoles, 22 de diciembre de 2010

CONATEL ordena a Televen suspender la emisión del programa ‘Caso Cerrado’

Conatel AHORA LE PROHIBE A TELEVEN TRANSMITIR CASO CERRADO. 
TE QUITARON EL CAPO AHORA CASO CERRADO


Lee la noticia completa 
http://www.noticias24.com/actualidad/noticia/186443/conatel-ordena-a-televen-suspender-la-emision-del-programa-caso-cerrado/



PROHIBIDO CASO CERRADO EN TELEVEN (VENEZUELA) POR DECISION DEL GOBIERNO VENEZOLANO



PONGANME DE UNA VEZ LOS TELETUBBIES QUE ESO SI ENSEÑA


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Para que no te vengan a imponer lo que puedes ver y no ver te recomiendo definitivamente no ver produccion nacional. no ver canales nacionales ya este gobierno no haya que hacer primero la aprobacion de ley resorte para que uno no se pueda expresar libremente por internet, y ahora viene a prohibir lo que se le pega la gana.. Definitivamente me paso a la television internacional ya la nacional "NO SIRVE"


A los que le guste este programa no pasen arrechera por internet pueden ver DIRECTAMENTE EL CANAL TELEMUNDO donde transmiten de lunes a viernes caso cerrado de 2:30 a 5:30 y en la noche nuevos casos.
No te acostumbres a que te esten prohibiendo o decidiendo por ti lo que debes ver y no. Pasaste de una a ver produccion internacional.

TE RECUERDO LOS LINKS PARA VER CASO CERRADO 






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lunes, 13 de diciembre de 2010

Análisis rápido: Ley Resorte limitará derechos de expresión e información de ciudadanos en Internet (Venezuela)


  • PUNTO UNICO DE CONEXION A LA RED para todo el territorio nacional lo que permitirá un efectivo y absoluto bloqueo de sitios web. artículo que se pretende incluir en la Ley
  •    
  • Es decir, informaciones sobre homicidios, violaciones, violencia contra la mujer o resultados de loterías no podrán ser difundidos en ningún horario.  
  •  
  • Tampoco se permiten mensajes anónimos en los sitios web, de ser así el medio que lo transmita podría ser sancionado con multas del 10% de los ingresos brutos. 



A partir de la propuesta de trabajo de la reforma de la Ley de Responsabilidad Social de Radio y Televisión (Ley Resorte), que ahora se extiende a los servicios de Internet y medios electrónicos, se modificará seriamente la transmisión de informaciones oportunas; así como los foros y comentarios de los usuarios.
Es decir, informaciones sobre homicidios, violaciones, violencia contra la mujer o resultados de loterías no podrán ser difundidos en ningún horario. Tampoco se permiten mensajes anónimos en los sitios web, de ser así el medio que lo transmita podría ser sancionado con multas del 10% de los ingresos brutos.
De acuerdo con Reuters, la iniciativa legal causó alarma en algunos portales noticiosos que calificaron a la reforma como una herramienta para controlar los contenidos en internet, no sólo en sitios web sino además en redes sociales como Twitter y Facebook, además de mensajes telefónicos.
La reforma la propone la Vicepresidencia de la República. El proyecto debe ser revisado por la Comisión de Medios de la Asamblea Nacional antes de ir a una plenaria que, hasta fines de año, estará controlada por diputados afectos al Presidente de la República.

Una Ley repleta de prohibiciones

Las nuevas prohibiciones contempladas en el artículo 8 indican que “en ningún horario” está permitida la difusión de mensajes que contengan elementos de sexo tipo “E”, de salud tipo “D” y violencia tipo “C”.
Eso significa que no se pueden publicar textos, imágenes, sonidos, contextos o descripciones gráficas que presenten la violencia en todas sus formas o consecuencias, contra los niños o la mujer, violencia sexual o violencia como tema central.
Tampoco mensajes que se refieran directa o indirectamente al consumo excesivo de bebidas, tabaco o sustancias estupefacientes; o que asocie éstos a ventajas en la posición económica, social o en el ejercicio de la sexualidad; tampoco que se refieran a la práctica compulsiva de juegos de azar.
También se prohiben textos imágenes, sonidos o contextos sobre actos o prácticas sexuales reales; desnudez sin finalidad educativa en las cuales se muestren los órganos genitales; prácticas sexuales reales o dramatizadas donde se amenace o viole el derecho a la vida, salud o derecho a la igualdad o que constituyan hechos punibles.
Tampoco están permitidos en los servicios de radio, televisión y medios electrónicos mensajes “que pudieran constituir propaganda de Guerra”; “manipulaciones mediáticas dirigidas a fomentar zozobra en la ciudadanía o alterar el orden público”; “destinados a desconocer autoridades legítimamente constituidas, irrespetar a los Poderes Públicos o personas que ejerzan dichos cargos” o “aquellos que pudieran inducir al magnicidio“.
De publicarse alguno de los mensajes mencionados, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) “podrá ordenar a los proveedores de servicios de Internet, restringir el acceso a mensajes y portales divulgados a través de ésta u otros medios electrónicos”. Estos proveedores deberán restringir ese acceso “sin dilaciones”.
Esto es porque los proveedores de servicios de Internet “serán responsables por la información y contenidos prohibidos” ya señalados.
Se deja abierta la posibilidad de establecer normas técnicas adicionales para este artículo 8.


Mensajes anónimos acarrean multas y suspensión

El artículo 29 del proyecto de reforma de la Ley Resorte, indica “multa del 10% de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal, inmediatamente anterior” a cuando ocurre la infracción, además de suspensión por 72 horas continuas de transmisiones cuando se difunda cierto tipo de mensajes.
Entre esos mensajes están algunos contemplados en el artículo 8, antes descrito, además de “aquellos que pudieran incitar o promover el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, diferencia de género, racismo o xenofobia”; que pudieran ser “discriminatorios“; “contrarios a la seguridad de la Nación”; o “anónimos“.
Con una aplicación rigurosa de estas normas muchos sitios web venezolanos deberán salir del aire, ya que se prohibe difundir mensajes anónimos que afectan a la totalidad de los foros que funcionan en Venezuela.
La Ley también genera una gran discriminación hacia los sitios web nacionales, ya que sería de todo punto imposible que esas normas se apliquen a los sitos web extranjeros.
Reuters recogió algunas impresiones de legisladores nacionales. El diputado opositor Ismael García, comentó en Twitter que la ley “está dirigida fundamentalmente a controlar internet, es decir todas las redes sociales”.
En el país algunos ciudadanos han sido procesados por enviar mensajes de texto o publicar en redes sociales escritos que la Justicia consideró que atentaban contra el Gobierno o la estabilidad del país.
Los medios electrónicos son ampliamente utilizados en Venezuela para criticar al Gobierno.
El diputado oficialista Manuel Villalba desestimó las acusaciones de censura de sus adversarios políticos y dijo que las críticas y temores de los medios se deben a que “sirven a los intereses de la oposición”.


El “contexto” y el “doble sentido” son ahora moderados

Las disposiciones iniciales de la Ley Resorte se aplicaban sólo a toda imagen o sonido cuya difusión y recepción ocurriera en el territorio nacional.
En la segunda reforma -la primera fue en diciembre de 2005-, se extiende a todo “texto, imagen, sonido o contexto” que se realice a través de servicios de radio, televisión, difusión por suscripción o “servicio de Internet“.
Quedan así sujetos a la ley y a sus elementos clasificados (lenguaje, salud, sexo y violencia) “otras modalidades de servicios de difusión audiovisual, sonoro y electrónico” que surjan en el desarrollo de las telecomunicaciones.
En los elementos del lenguaje se limita incluso una práctica de la idiosincrasia venezolana: el doble sentido. El artículo 6 incluye ahora un cuarto tipo de elementos de lenguaje donde cataloga como Tipo “D” “expresiones que denoten un doble sentido que aluda a situaciones sexuales”.
Este tipo “D” no puede ser utilizado en horario supervisado.
Los elementos de violencia se limitan ahora a tres tipos (antes eran cinco). Estos son: aquellos utilizados para la prevención o erradicación de la violencia; descripciones gráficas de violencia dramatizada no detalladas o explícitas; y descripciones gráficas que presenten violencia en todas sus formas.
En radio y televisión no se pueden transmitir los dos últimos tipos de violencia en horario supervisado.
Los elementos de violencia tipo D sólo podrán transmitirse en horario adulto si son mensajes en vivo y directo y las imágenes gráficas o de violencia real son “indispensables para comprender la información”. No podrán ser repetidas “una vez haya cesado la inmediatez del suceso”.


Nuevo horario y menos novelas

De ser aprobado el proyecto, el horario Todo Usuario para radio y televisión, es decir, aquel durante el cual los menores de edad pueden recibir mensajes sin supervisión de padres o representantes, aumenta tres horas.
Anteriormente era de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche, ahora podría ser de 6:00 de la mañana a 9:00 de la noche.
De esa manera, el horario supervisado pasa de 9:00 pm a la medianoche y el adulto de la medianoche a las 6:00 am (antes era hasta las 5:00 am).
En los horarios todo usuario y supervisado no pueden transmitirse infocomerciales de más de 15 minutos.
Tampoco pueden transmitirse promociones de programas en horario distinto al que pueden ser difundidos.
En horario todo usuario sólo podrán transmitir hasta dos horas de radionovelas o telenovelas. Al menos 50% deberá ser producción nacional.
Lo mismo aplica para horario supervisado. Es decir, entre las 6:00 de la mañana y la medianoche sólo podrán transmitirse cuatro horas de novelas.



Discutirán reforma de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones

Del mismo modo, se tiene previsto la discusión del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, la cual en su articulo 5 establece la declaración como servicio público el establecimiento de redes de telecomunicaciones y la prestación de estos servicios, para cuyo ejercicio se requiere la obtención previa de la correspondiente habilitación administrativa en las condiciones que establece dicha Ley.
Asimismo, prevé los servicios de radiodifusión sonora y televisión abierta, así como los servicios de radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias, sin fines de lucro y de producción nacional audiovisual quedan reservados al Estado en los términos establecidos en la mencionada Ley.
En dicha se establecerá un PUNTO UNICO DE CONEXION A LA RED para todo el territorio nacional lo que permitirá un efectivo y absoluto bloqueo de sitios web. Este es el artículo que se pretende incluir en la Ley:
Igualmente hoy se publicaron oficialmente las 2 propuestas legislativas:
- La reforma a la Ley Resorte puede descargarla pulsando aquí
- La reformas a la Ley de Telecomunicaciones la puede descargar pulsando aquí.


Fuente http://www.noticias24.com